La Justicia norteamericana determinó que el arte creado por IA no será protegido por derechos de autor

La jueza federal Beryl Howell rechazó la demanda de Stephen Thaler y señaló que “la autoría humana es un requisito fundamental” para las leyes del copyright

La inteligencia artificial continúa generando controversia en varios campos de producción y ahora se ve involucrada en un posible conflicto a futuro con la industria del entretenimiento. Ocurre que la jueza federal Beryl Howell del Distrito de Columbia confirmó que las obras creadas con IA no pueden acogerse a la protección de los derechos de autor, tal como había expresado la Oficina de Derechos de Autor de EEUU.

En este sentido, la sentencia termina de rechazar la demanda de Stephen Thaler, quien impugnaba la postura del gobierno de negarse a registrar piezas de arte creadas por la inteligencia artificial.  Thaler es el director ejecutivo de la empresa de redes neuronales Imagination Engine y quien solicitó registrar un sistema de IA (la Maquina de Creatividad) como único creador de una obra de arte bautizada como “Una entrada reciente al paraíso”.  La Oficina de Derechos de Autor de EEUU denegó su solicitud, alegando que la conexión entre la mente humana y la expresión creativa es un factor vital de protección.

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Momentos más tarde, Thaler interpuso una demanda, impugnando la denegación y el requisito de autoría humana. En esta oportunidad el empresario argumentó que la inteligencia artificial debía ser reconocida “como autora cuando cumpla los criterios de autoría”. Así la demanda de Thaler señalaba que la denegación de la oficina era totalmente arbitraria y que infringe la Ley de Procedimiento Administrativo.

No obstante, pese a sus quejas, la jueza confirmó la decisión de la Oficina de Derechos de Autor, terminando por declarar que la ley de derechos de autor “nunca se ha extendido tanto” como para “proteger las obras generadas por nuevas formas de tecnología que operan sin ninguna mano humana que las guíe”. Es de este modo que la sentencia de la Justicia de EEUU resalta que “la autoría humana es un requisito fundamental”.

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A modo de explicación de su sentencia, la jueza Howell señaló que, a pesar de que las cámaras generan reproducciones mecánicas de escenas, solo pueden hacerlo luego de que un humano desarrolla una “concepción mental” de la imagen, lo que implica decisiones como colación de sujeto, arreglos e iluminación. “La participación humana en la obra en cuestión y el control creativo final sobre la misma fueron la clave para concluir que el nuevo tipo de obra entraba dentro de los límites de los derechos de autor”, redactó la letrada.

Así es que también la sentencia hizo referencia a casos previos al de Thaler, como en el que el Tribunal Supremo sostuvo que las fotografías podrían protegerse siempre y cuando fueran representativas de concepciones intelectuales propias del autor (humano).

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