Atentado a Cristina Fernandez de Kirchner: la Cámara Federal rechazó la acusación contra la jueza Capuchetti

 Cristina Fernandez de Kirchner pidió  remover a la jueza María Eugenia Capuchetti de la causa  por el  atentado. 

La Cámara Federal volvió a rechazar el pedido de Cristina Kirchner para remover a la jueza María Eugenia Capuchetti de la causa que investiga el atentado en su contra. 

El pedido de la vicepresidenta  se basa en que la jueza da clases en una academia de policía de la Ciudad de Buenos Aires y apuntó contra el ministro de Justicia y Seguridad porteño ahora en uso de licencia Marcelo D’Alessandro.

El  juez Leopoldo Bruglia, presidente del tribunal, tomo la decisión de descartar el pedido al considerar  que “el sólo desempeño académico” no conllevan al supuesto de recusación. 

Infobae pudo conocer un un fallo firmado esta mañana, en donde  Bruglia aseguró que “del extenso escrito que dio lugar a esta incidencia se desprenden argumentos ajenos a este proceso y la creación de hipotéticos escenarios alejados de cualquier circunstancia objetivamente comprobable que pueda revestir aptitud suficiente para justificar el apartamiento de un magistrado”.

Además ordenó reportar al Colegio Público de Abogados de la Capital Federal y de la Asociación de Magistrados “la abusiva utilización de términos objetivamente ofensivos y agraviantes” del abogado José María Ubeira.

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“Sin perjuicio que ello revela la manifiesta improcedencia del planteo”, el fallo sostuvo que “no se observa de manera concreta y, tampoco la parte ha logrado demostrar que la actividad académica enunciada pueda determinar un interés en el resultado de este proceso por parte de la Dra. Capuchetti y/o provocar un temor de parcialidad que amerite su apartamiento”.

Según resaltó, “el ejercicio de la docencia o la participación en trabajos de investigación como los descriptos -en principio- no se encuentran vedados para los magistrados y, en caso de verificarse alguna falencia administrativa y/o irregularidades en el contexto de posibles incompatibilidades genéricas, su tratamiento resulta extraño al instituto invocado y debería ser canalizado por demás vías administrativas específicas”.

Bruglia afirmó que “las críticas efectuadas por posibles omisiones en la investigación, en tanto exceden el marco de esta incidencia, no serán tratadas en esta instancia, hallándose habilitada -en caso que se estime pertinente-, su debido planteo a través de las herramientas procesales especialmente legisladas para dar respuesta a dichos reclamos”.

Se debe instar una nueva advertencia al letrado José Manuel Ubeira, abogado de la parte querellante, ésta vez por la abusiva utilización de términos objetivamente ofensivos y agraviantes hacia un magistrado que, al resultar opiniones carentes de efecto jurídico alguno, revelan un innecesario exceso en el rol de su ministerio. Corresponde, a todo evento, poner en conocimiento de los hechos al Colegio Público de Abogados, al igual que a la Asociación de Magistrados y Funcionarios de la Nación. A tal fin ordenaré los oficios respectivos con copia de las piezas pertinentes”, agregó.

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